Código Ético
El Código Ético es un contrato social con las personas implicadas en Banca Etica. Define la ética con la que se desenvuelve el Banco, estableciendo criterios de igualdad y justicia, valores de referencia, principios generales y pautas que el Banco adopta en sus relaciones con los interesados.
Inspirados en el Estatuto, el Manifiesto de las Finanzas Éticas y el Manifiesto de Banca Etica, los valores se identifican y enuncian de manera clara y precisa:
- centralidad de la persona, como vínculo fundamental de la acción de Banca Etica, que reconoce, respeta y tutela a la persona;
- igualdad, que se concreta en una justa repartición de la riqueza y los recursos;
- responsabilidad, como atención constante a las consecuencias no económicas de las acciones económicas, es decir, a las repercusiones sociales y medioambientales de la actividad financiera;
- transparencia, como estilo que caracteriza las relaciones y la comunicación de Banca Etica con las personas interesadas;
- cooperación, como consciencia de que el bien común puede ser alcanzado solo gracias al compromiso de todos;
- solidaridad, como la capacidad de captar las inquietudes de las personas que se encuentran en una situación desfavorecida y como compromiso para encontrar soluciones de interés común, en beneficio de los más necesitados;
- participación, como reconocimiento del derecho de los socios, colaboradores y ahorradores en la toma de decisiones;
- sobriedad, como estilo de vida basado en disminuir el consumo de mercaderías y recursos y orientado a satisfacer requisitos fundamentales de las personas;
- eficiencia y eficacia, como uso óptimo de los recursos para ofrecer el mayor beneficio a todos los interesados a la hora de perseguir los objetivos declarados;
- el Código Ético, aprobado en 2010 por la Asamblea de Personas Socias, se ha convertido en una norma de referencia para administradores, para todos aquellos que trabajan en nombre y por cuenta del Banco y para todas las personas interesadas.
Para verificar la aplicación, se creó un comité específico denominado Organismo de Vigilancia.